preguntasrespuestas pomMucho se viene hablando del POM, el Plan de Ordenación Municipal de San Clemente, pero… ¿Sabemos realmente de qué se trata? A continuación se da respuesta a algunas de las principales dudas que se pueden plantear.

¿QUÉ ES EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA (POM)?

Es el instrumento básico de ordenación integral del término municipal de SAN CLEMENTE (CUENCA), a través del cual se clasifica el suelo, se determina el régimen aplicable a cada clase de suelo, y se definen los elementos fundamentales del sistema de equipamientos para los próximos años. Es una herramienta viva y necesaria para el desarrollo ordenado de los municipios.

¿PARA QUÉ SIRVE?

El POM establece el modelo de MUNICIPIO y afecta a cuestiones muy diversas como la protección del medio ambiente urbano y rural, la conservación y protección del patrimonio de la localidad, la renovación de los espacios urbanos, especialmente las áreas degradadas, define las áreas para la intervención urbanística y las medidas que garantizan el reequilibrio de las dotaciones y equipamientos del municipio. También establece la previsión de crecimiento del núcleo urbano, protege las zonas de alto valor medioambiental y define los usos e intensidades edificatorias.

¿POR QUÉ AHORA?

Nuestro municipio Contaba con unas normas subsidiarias de planeamiento que databan del año 1982, planeamiento que había quedado obsoleto y desfasado por el propio devenir del tiempo y que impedía el desarrollo de nuestro municipio.

¿ME AFECTA?

El POM afecta a todos, ya que su contenido es de obligado cumplimiento para toda la localidad. No obstante, su incidencia será mayor en aquellos casos en los que se clasifica el suelo de Rústico a Urbanizable y en los que se prevé apertura de nuevos viales o alineaciones de calles.

¿PUEDO OBTENER INFORMACIÓN DEL POM?

Los documentos que integran el POM son públicos, y se puede acceder a ellos, bien presencialmente, en las oficinas municipales, bien a través de la web municipal www.sanclemente.es

¿PUEDO PRESENTAR ALEGACIONES UNA VEZ QYE YA SE HA APROBADO DEFINITIVAMENTE?

Durante el primer trimestre del próximo año 2018 y una vez que ya se puede contemplar, pues ya ha transcurrido un año desde su aprobación definitiva, se va a proceder desde este Ayuntamiento a realizar la modificación puntual nº 1 del Plan de Ordenación Municipal de San Clemente.

Esta modificación puntual tiene por objeto matizar aquellos aspectos recogidos en el POM que vulneran o no expresan de forma clara las directrices del mismo, aunque siempre dentro de aquellos límites que marcan las propias leyes.

Desde este Ayuntamiento se recogerán todas las propuestas, que deberán ir dirigidas al departamento de urbanismo y se darán traslado para su estudio, y aceptación o denegación con el objeto de que nuestro planeamiento se ajuste en la medida de lo posible a los intereses generales.

El plazo de la recogida de propuestas finalizará el 28 de febrero de 2018.

 ¿QUÉ OCURRE CON MI PROPIEDAD SI FIGURA TRAZADA UNA CALLE O ZONA VERDE EN ELLA?

El POM se ha diseñado para respetar al máximo las propiedades de los vecinos y vecinas, no obstante, en las zonas de crecimiento (Suelo Urbanizable Sectorizado) es necesario de dotar de nuevos viales, zonas verdes y equipamiento. En estos casos, el hecho de que un vial, zona verde o equipamiento se sitúe sobre la parcela de un propietario no implica que este pierda los derechos que tiene sobre dicha parcela. La ocupación del vial, zona verde o equipamiento se distribuye entre todos los propietarios por igual, por lo que todos los propietarios del sector verán reducida en la misma proporción su propiedad con el fin de que el desarrollo urbanístico sea equitativo con todos los propietarios del Sector.

¿DONDE SE UBICARÁ MI PARCELA EN CASO DE TENER SEÑALADO UN VIAL SOBRE ELLA?

En el momento de aprobar la reparcelación definitiva del sector la ubicación de la nueva parcela será lo más próxima posible a la original.

¿QUIÉN DESARROLLA LOS SECTORES URBANIZABLES?

La iniciativa para su desarrollo puede partir tanto de los propietarios del suelo como de cualquier interesado (privado o público) en promover dicho desarrollo. Una vez recibido informe de fecha 28 de octubre de 2008 del Servicio de Planeamiento de la Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, diversos informes sectoriales solicitados por dicho Servicio, así como el Documento de Referencia citado, se procedió a la redacción de la primera versión o versión preliminar del Plan de Ordenación Municipal, acompañado del Informe de Sostenibilidad Ambiental, se sometió a información pública y consultas durante 45 días, según anuncio publicado el 18.

¿QUÉ ANTECEDENTES SE DIERON PARA QUE SE EMPEZARA A DESARROLLAR ESTE PLAN?

Las vigentes Normas Subsidiarias, con más de 30 años de vigencia, fueron redactadas al amparo del Texto Refundido de la Ley del Suelo de abril de 1976, de ámbito estatal. Huelga decir los enormes cambios políticos y legislativos que se han sucedido desde entonces en España, y que en materia de ordenamiento urbanístico han derivado en la Competencia Autonómica para legislar en la materia.

La gestión de las Normas subsidiarias, sí debe regirse por la misma, lo que, en la práctica, ha supuesto la ralentización e inmovilismo en la gestión urbanística, justamente lo contrario de lo pretendido por el nuevo ordenamiento jurídico.

Por tanto, nos encontramos con un modelo territorial plasmado en las Normas subsidiarias que se diseñó en los años setenta en un contexto sustancialmente diferente al actual, que nunca ha llegado a implantarse y donde las previsiones de entonces que sí tendrían vigencia actualmente, como el desarrollo de nuevos suelos residenciales, son de difícil gestión al encontrarnos con un planeamiento no adaptado a la legislación actual.

Todo ello pone de manifiesto la necesidad de una revisión del planeamiento municipal tal y cómo La Corporación Municipal ha instado, lo que supone, según la legislación autonómica, la realización de un Plan de Ordenación Municipal.

Con fecha 17 de octubre de 2008 se remitió a la Delegación provincial de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda en Cuenca, el llamado Documento de Avance del POM de San Clemente. Igualmente se procedió a la elaboración del denominado “Documento de Inicio para la Obtención del Documento de Referencia”, que ha de servir de base para la redacción del Informe de Sostenibilidad Ambiental”.

Una vez recibido informe de fecha 28 de octubre de 2008 del Servicio de Planeamiento de la Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, diversos informes sectoriales solicitados por dicho Servicio, así como el Documento de Referencia citado, se procedió a la redacción de la primera versión o versión preliminar del Plan de Ordenación Municipal, acompañado del Informe de Sostenibilidad Ambiental, se sometió a información pública y consultas durante 45 días, según anuncio publicado el 18 de septiembre de 2009.

Con fecha 1 de diciembre de 2009, la Comisión de Concertación Interadministrativa acordó emitir informe único de concertación   interadministrativa, solicitando la subsanación de los documentos del POM según las observaciones realizadas.

Con fecha 22 de septiembre de 2010 la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (Órgano Ambiental) comunica al Ayuntamiento que “el Informe de Sostenibilidad Ambiental está completo” así como que “se puede considerar correcta la información pública realizada”, solicitando documentación adicional del expediente administrativo.

Con fecha 27 de enero de 2011 se solicita por parte del Órgano Ambiental la presentación de la propuesta de Memoria Ambiental, solicitando expresamente que se dé cumplimiento a ciertas observaciones incluidas en informe adjunto, que modifican la versión preliminar del POM.

La principal dificultad a la hora de satisfacer las exigencias de los informes sectoriales recibidos y recogidos en la Concertación interadministrativa, así como del propio Órgano Ambiental ha sido la disponibilidad de agua para el abastecimiento de la población.

Sea como fuere, la presente versión del POM, trata de ajustar el modelo de crecimiento y de desarrollo urbano a las limitaciones de agua potable supuestamente existentes para un uso prioritario y todavía no inminente, para lo que ha sido necesario reducir en gran medida las expectativas de crecimiento, como se verá en la memoria justificativa.

Se desprenden, por tanto, tres grandes líneas de concertación: la del modelo territorial con la consejería competente, la sectorial con otras administraciones afectadas y, no olvidemos, la colectividad ciudadana particularmente afectada.

Comenzando por esta última, se han realizado un total de tres reuniones con diferentes asociaciones locales.

En primer lugar, con fecha 17 de octubre de 2007 se realizó una presentación en el Salón de Actos del Ayuntamiento de San Clemente, donde asistieron representantes políticos, promotores y prensa local, informándose sobre la tramitación prevista, cumplimiento de plazos y objetivos a satisfacer.

Tras esa reunión, el Ayuntamiento tomó nota de las consultas y con fecha 5 de noviembre de 2007, la Comisión de Urbanismo y Obras elaboró un documento con los principales problemas detectados y objetivos a satisfacer por el POM. En base a ese documento se procedió a la elaboración del Documento de Avance que fue presentado ante diversas asociaciones con fecha 8 de octubre de 2008.

Finalmente, ya en redacción de la presente edición del POM se procedió a realizar una nueva charla informativa, ahora en el Salón de Actos de la Casa de la Cultura, el día 4 de marzo de 2009, convocando por escrito a todas las asociaciones y grupos de interés locales a fin de mostrarles el desarrollo de los trabajos y comprobar cómo se habían tenido en consideración los objetivos marcados.

Respecto de la concertación del modelo territorial con la Consejería competente ya se ha indicado en el epígrafe anterior que con fecha 1 de diciembre de 2009 la Comisión de Concertación Interadministrativa acordó emitir el informe único de concertación que consta en el expediente, donde se incluyen los informes de la propia Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda. Es así que en diciembre de 2012 se presenta una nueva versión del POM para la aprobación inicial que da respuesta a dicho informe. Como ya se ha comentado, la tramitación en paralelo de la documentación ambiental, trajo aparejado la necesidad de una nueva versión en la que se trata de ajustar el modelo de crecimiento y de desarrollo urbano a las limitaciones de agua potable, para lo que ha sido necesario reducir en gran medida las expectativas de crecimiento. Y así se pasó a información otra vez, con las correspondientes alegaciones.